Mecenas

¿Que es ser Mecenas?

La Ley N°1353-E indica que pueden inscribirse como beneficiarios de la Ley, de manera gratuita y durante todo el año, las personas físicas con domicilio en la Provincia del Chaco registrado con anterioridad a tres años del momento de su inscripción en el Registro Provincial de Mecenazgo, y las personas jurídicas con domicilio en la Provincia del Chaco registrado en la Dirección de Personería Jurídica de la Provincia del Chaco y que manifiesten específicamente objetivos culturales y/o artísticos en sus Estatutos y que desarrollen su actividad en la Provincia.

Especificamente el Art. 10: A los fines de la deducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos  prevista en el Art. 10º de la Ley, la Subsecretaría de Cultura, u organismo que en el futuro haga sus veces, y con las modalidades operativas del Consejo Provincial del Mecenazgo y del Registro para Benefactores, otorgará certificación suficiente a donante o patrocinante, ajustándose a la normativa complementaria, reglamentaria e interpretativa que dicte la Dirección General de Rentas, organismo que queda debidamente facultado para ello.

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    Eventos, Pueblos Originarios / 27.10.2022

    Quo novum consul dolores ad, pro te ludus aliquam. Mea ne quidam nonumes, eam et legere fuisset explicari, per an cibo omnes nominati. Usu vidisse partiendo ne, cu sumo solum nostro pri. No feugiat adversarium est, cu mollis erroribus eos. An vivendum urbanitas nec, ubique...